lunes, 10 de mayo de 2010

PROCESO DE DESINSTITUCIONALIZACIÓN EN LOS CENTROS DE MENORES.

Como última aportación en este foro quiero que conozcais la fundamentación y base de la presentación de mi proyecto dirigido al colectivo de menores, concretamente a la necesidad detectada durante mi periodo de práctica, "Proceso de desintitucionalización".

FUNDAMENTACIÓN/JUSTIFICACIÓN.

Este proyecto, junto con el desarrollo de varios programas paralelos se enmarca dentro del reconocimiento de los derechos del menor, reconocidos en la Ley Autonómica 4/94 (Protección y Atención a menores de la Comunidad de Extremadura), concretamente recogido en el Decreto 5/2003, de 14 de enero, por el que se establece el procedimiento de valoración de las solicitudes de adopción y acogimiento familiar y de selección de adoptantes y acogedores.
Las principales razones que inspiran este proyecto, acogimiento transitorio de un menor son, en el 65%-70% de los casos, es debido a la existencia de malos tratos, negligencia o abandono, problemática de drogodependencia y/o alcoholismo, aproximadamente el 15% viene de familias con problemas de salud mental, consecuentemente el menor es el mayor perjudicado viéndose en la mayoría de los casos interno en un centro de menores, privado de una vida familiar adecuada y beneficiosa para su desarrollo personal y social.
Con la puesta en marcha de este proyecto se pretende dar respuesta a las necesidades de los menores actualmente residentes en los centros de acogida, que por circunstancia no gozan de ningún apoyo familiar, ni de sus padres biológicos ni de la familia extensa, tratando de reducir las consecuencias de la institucionalización de los menores que por carencias sociales de distinta índole no poseen un ambiente familiar adecuado para su desarrollo personal.
El cometido es dotar al sistema de medidas de protección que tenga por finalidad la preservación de los vínculos familiares aún no siendo de línea directa de consanguinidad, cuyo propósito final es mejorar la situación de los menores y su adecuado desarrollo en el seno de una familia normalizada.

La necesidad de la puesta en marcha de esta medida se hace patente en la localidad de Cáceres, por la falta de un sistema adecuado que prevenga la institucionalización del menor, es decir aunque actualmente está reconocida por la ley reseñada anteriormente, es inexistente una intervención ajustada a las necesidades del colectivo objeto de intervención, por falta de organización y planificación, es decir no existe una estructura del proyecto, viéndose sometido al internamiento cuando las circunstancias sociales de los niños no son las idónea para su crecimiento y desarrollo, añadiendo además la movilidad a otra institución, cuando por su edad tienen que cambiar de centro volviendo a comenzar una nueva adaptación en otro entorno, considerando contraproducente los cambios vertiginosos a los que tiene que verse sometidos los menores a partir de los 6 años, edad en la que la prevalencia en el centro finaliza.
Con este proyecto se intenta dar un paso hacia delante en lo relacionado al bienestar del menor y dotar al centro de menores de Cáceres de la existencia de un servicio que actualmente se llevan acabo en otras comunidades autónomas.
La modalidad que se propone es un acogimiento transitorio, ya sea a través de familias colaboradoras, de acogida o familias canguro, que consiste en un mecanismo de protección social cuya finalidad es proporcionar cobijo temporal, que por diversas razones no pueden convivir con la suya propia, estas familias se hacen cargo temporalmente de la crianza y educación de los niños en situación de desamparo. El menor se integra y participa plenamente en la vida de la familia de acogida, lo más normal posible.
Este servicio es transitorio hacia medidas de protección definitivas, como volver a la familia de origen o acceder a una familia de adopción si las circunstancia lo requieren.


Objetivo General:

1º. Prevenir la institucionalización del menor evitando la permanencia en los centros de acogida, subyugando las consecuencias del internamiento y favoreciendo el desarrollo del menor en una familia normalizada, en la modalidad de familias canguros, familias colaboradoras y familias de acogida transitorias.

Objetivos Específicos:

1.1. Sensibilizar y fomentar la participación social en el acogimiento de menores institucionalizados.

1.2. Planificar y estructurar un servicio de familias de acogida en la modalidad de familias canguro, colaboradora y de transición temporal.

1.3. Formar y orientar a las familias en habilidades adecuadas para la adaptación a esta nueva situación.


ACTIVIDADES.

ACTIVIDAD “SENSIBILIZACIÓN DE LA POBLACIÓN EN GENRAL”.

Se trata de hacer un llamamiento y poner en marcha una campaña de sensibilización de y difusión sobre el acogimiento familiar, con el propósito de promover la implicación y participación social de la población en general, dando a conocer la problemática que sufren los menores del entorno, encaminada hacia la colaboración en estas medicas de protección, considerando a la familia el mejor ámbito para que un niño o niña pueda crecer y desarrollarse.
El acogimiento en familias canguros, colaboradoras o acogedoras temporales es una medida diferente de la adopción y de acogida en la familia extensa, siendo esta las medidas definitivas de protección del menor. Se trata de buscar una solución inmediata y alternativa a la institucionalización del menor.

ACTIVIDADES DIRIGIDAS A LA PLANIFICACIÓN Y ESTRUCTURACIÓN DE UN RECURSO DE ACOGIMIENTO EN LA MODALIDAD DE FAMILIAS CANGUROS, COLABORADORAS Y DE ACOGIMIENTO TRANSITORIO.


 CREACIÓN DE LA BASE DE DATOS.
 PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN PARA LA DESINSTITUCIONALIZACIÓN.
 INVESTIGACIÓN DEL ENTORNO DE LA FAMILIA ACOGEDORA.
ORIENTACIÓN Y FORMACIÓN DE FAMILIAS DEL PROGRAMA DE ACOGIDA.

En este servicio/recurso se pretende establecer 3 modalidades de acogimiento:

FAMILIAS CANGUROS.

Esta forma de acogimiento es un recurso solidario y social para hacerse cargo del menor frente al ingreso en los Centros de Protección, facilitándole al niño/niña un soporte humano y afectivo para el normal desarrollo de su personalidad, además de protegerlo de aquel núcleo familiar que por las características del mismo está creado una situación de riesgo.
El objetivo que se pretende alcanzar con este servicio es la integración de los niños/niñas en hogares familiares de urgencia que cubran temporalmente todas sus necesidades.
Concretamente los destinatarios de este programa son niños y niñas de 0 a 6 años, entregados voluntariamente con previsión de ser adoptados. Este tipo de acogimiento exige gran disponibilidad por parte de la familia acogedora, además de existir la posibilidad de acoger a más de un menor si se da el caso de la existencia de hermanos, evitando el internamiento en un centro de acogida.


FAMILIAS DE ACOGIMIENTO TRANSITORIO.

Este servicio es un recurso distinto al anterior, consiste en que la familia dispuesta a participar en el acogimiento transitorio se hace cargo de forma temporal de la crianza y educación del menor o en su caso menores (hermanos), en situación de desamparo hasta que sus familias biológicas, con la que se seguirá manteniendo encuentros puedan asumir de nuevo la responsabilidad de cuidado y protección.
Esta modalidad de acogimiento no rompe los vínculos con la familia biológica y no supone un paso previo para la adopción, como es el caso de la modalidad anterior. Los destinatarios de esta modalidad son a partir de los 6 años, incluyendo los casos en la etapa de adolescencia (menor de edad).
El objetivo de esta modalidad es que la familia presten al menor cobijo y cuidado en los ámbitos de cuidado, protección, educación, apoyo emocional etc., durante el tiempo en que su familia por diversas razones, ya sean económicas, legales, salud, no puedan ejercer adecuadamente sus funciones paternas.


FAMILIAS COLABORADORAS.

El servicio que va a proporcionar la modalidad de familias colaboradoras, estará dirigido aquellos menores que por sus características no cumplen los requisitos de las modalidades anteriores, para permanecer de forma transitoria en el seno de otra familia que no es la biológica, la edad comprendida será desde que el niño ingresa en el centro de acogida hasta su vuelta al núcleo familiar, es decir esta medida intenta paliar los efectos que puedan provocar la institucionalización, no siendo una medida continuada como ocurre con las modalidades anteriores.
En esta modalidad la estancia del menor en la familia colaboradora será de fines de semana y vacaciones, aproximándose a lo que sería el calendario escolar, con ello se pretende que el menor no sufra un proceso rígido de internamiento en una institución, así como no perder los hábitos de convivencia en el seno de una familia, además de gozar de los beneficios que de la misma pueda obtener en todos los niveles, educativos, conductuales y afectivos.




Esta es la base de mi proyecto, espero que os resulte interesante y util, además consideraría interesante vuestras aportaciones para mejorar la intervencón planificada.

Gracias por vuestro interés y tiempo. Un Saludo.

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